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El interés público no es suficiente para modificar contratos públicos, según un estudio

2017-07-05 12 Dailymotion

Alegar interés público no es suficiente para modificar o cesar un contrato entre la Administración pública y una empresa para concesión de servicios públicos. Según la regulación europea, debería prevalecer el derecho a la competencia o el principio de seguridad jurídica que obliga a cumplir lo pactado. Esta es una de las principales conclusiones de un estudio realizado por los catedráticos de Derecho José María Gimeno y Gonzalo Quintero y el expresidente del Tribunal Supremo y del Constitucional, Pascual Sala, que se ha presentado hoy en Barcelona.<br /><br />El informe, editado por la Cámara de Comercio de Barcelona, analiza el marco jurídico europeo de las relaciones contractuales entre la Administración y las empresas en la concesión de servicios públicos. Los expertos señalan que la calidad del servicio debe estar por encima de quién lo preste.<br /><br />Los responsables del estudio han insistido en que deben revisarse los procedimientos de rescate de las concesiones según la normativa comunitaria.<br /><br />Según los expertos la incorrecta tramitación de un proceso de rescate puede dar lugar a la aparición de delitos como la prevaricación o la usurpación. Sobre si la prestación de servicios debe ser pública o privada, los expertos lo tienen claro: quién lo haga de forma más eficiente.

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