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El Supremo revoca el tercer grado a los nueve condenados por el 'procés'

2020-12-04 4 Dailymotion

Madrid, 4 dic (EFE).- El Supremo ha revocado el tercer grado concedido por la Generalitat a los nueve condenados a prisión por el "procés" por considerarlo prematuro, quienes tampoco podrán gozar del régimen flexible que les permitía el artículo 100.2 del reglamento penitenciario por no estar conectado con la reinserción.<br />Los magistrados que juzgaron a los líderes independentistas han dictado nueve autos de contenido similar -uno por preso-, en los que estiman los recursos de la Fiscalía contra el tercer grado y contra la aplicación del artículo 100.2 que se concedió a los presos antes de otorgarles el régimen de semilibertad.<br />Entienden que es preciso que transcurra un periodo de tiempo mayor para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, máxime cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de cárcel) de las que ninguno ha cumplido la mitad, y la mayoría ni siquiera una cuarta parte.<br />Así, deberán continuar en segundo grado, pues también les han denegado la semilibertad del 100.2, con los mismos argumentos que dio respecto a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell -a quien ya revocó este régimen el pasado julio- por "la falta de conexión" de un programa de tratamiento de ese tipo con un proceso de reinserción de los delitos cometidos.<br />Explican que la concesión del tercer grado a un interno que no haya cumplido la cuarta parte de la condena (todos ellos salvo Jordi Cuixart, Jordi Sánchez y Joaquim Forn, que tampoco han cumplido la mitad) es excepcional y exige "una justificación reforzada".<br />IMÁGENES DE ARCHIVO.<br />Locución: Rodrigo Fuentes Tello.

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